martes, 23 de noviembre de 2010

Acela invita





  • ACELA (Asistencia al celíaco)
    Filial V.C.


    Invita a la comunidad de Villa Constitución a participar del encuentro que se realizará el sábado 27 de Noviembre en el CIC ( Barrio Raviolo, Almafuerte al 2200).-

    Compartiremos las siguientes actividades:

    Coloquio de profesionales: médicos y nutricionistas.
    Clase de cocina
    Compartiremos una merienda.
    Charla de las coordinadoras de ACELA.

    Lugar: CIC (Centro Integrador Comunitario)
    Fecha: 27 de Noviembre 2010
    Hora: 15:30

martes, 1 de junio de 2010

Receta de Donuts sin huevo, sin gluten y sin lactosa

Para Élida (mamá de Ezequiel) para que realice estos deliciosos donuts, los quiero probar !!!!

Receta de Donuts sin huevo, sin gluten y sin lactosa

Ingredientes:

  • 400 g. Harina de repostería sin gluten
  • 60 g. Margarina
  • 100 g. Azúcar
  • 1 cucharada de postre de sustituto de huevo Orgram + 2 soperas de agua
  • 50 ml. Agua
  • 70 ml. Leche de almendras (o de soja)
  • 1 sobre de Levadura en polvo Sin gluten (por ejemplo de Mercadona)

Preparación
Hacemos un “arenado” con los 60 gr de margarina y los 100 gr de azúcar. Cuando esté listo, incorporamos la cucharada de postre de sustituto del huevo, 2 soperas de agua, 70 ml de leche y 50 ml de agua.

Meclamos bien y le añadimos la harina tamizada con el sobre de levadura hasta conseguir una masa homogenea que no se pegue a las manos.

Enharinamos la encimera y ponemos la masa allí para ir haciendo pequeños círculos de masa que transformaremos en “churritos” que uniremos por las puntas, dándole así forma de donuts, o bien podéis hacerlo como os enseña Isa en el vídeo de los donuts caseros.

Ya sólo queda freírlos en tandas en la freídora o en una sartén, poniéndolos sobre papel absorbente para que no queden grasientos. Los podemos espolvorear con azúcar o si los queréis bañados en chocolate ponéis chocolate de cobertura + 1 dedo de leche de almendras al baño maría o al microondas unos segundos y cuando esté derretido le añadís una nuez de margarina hasta que esté completamente integrada.

Fuente: lacasasin
Imagen: respres

lunes, 31 de mayo de 2010

¿Cómo es un día de la persona celíaca?

CANAL 13 EN CHIVILCOY:
Este miércoles en el noticiero del 13 de Santos Biasati,
vean Malnatti, El Ciudadano, estará todo un grupo de celíacos.
Pasaron 24 horas con ellos para saber cómo es un día del enfermo
celíaco.

sábado, 29 de mayo de 2010

Autismo y enfermedad celíaca


AUTISMO: UNA DIETA QUE CAMBIA LA VIDA
Antonio Calvo Roy
URL: http://www.elpais.es/



La alimentación especial sin gluten ni caseína no cura a los afectados, pero alivia los síntomas

El autismo es un enigma sin resolver. No se conocen las razones por las que algunos niños no comprenden el mundo en el que viven, son incapaces de relacionarse con él y permanecen instalados en una nube que puede ser despistada o violenta. Sin embargo, cada vez parece más claro que el trastorno está relacionado con una gran cantidad de péptidos en el sistema nervioso central, agudizado por una mala asimilación del gluten y la caseína. Los niños autistas viven bajo un cuadro de saturación de opiáceos: cambiar la dieta es cambiar la vida. Los niños que han sido sometidos a una dieta especial sin gluten ni caseína han experimentado una notable mejoría. No se curan, y los que padecen un retraso mental siguen teniendo esa limitación, pero aprenden más.

"En lo primero en lo que hay que insistir", dice el doctor David Mariscal, experto en nutrición, "es en que esto no es un milagro. El autismo no se cura. Pero en los casi cuatro años que llevo tratando a niños autistas he comprobado que en la mayoría de los casos se producen unas mejorías notables". Mariscal empezó a tratar niños autistas de la mano de Ángel Rivière, catedrático de Psicología en la Universidad Autónoma de Madrid, fallecido el año pasado, una de las mayores autoridades en esta materia. "Nos pusimos en contacto, me contó las investigaciones que se habían hecho en otras parte del mundo con la dieta para autistas y enseguida empezó a mandarme pacientes. De las 20 familias con las que comencé, unas 15 siguen cumpliendo la dieta y los cambios que se aprecian en los niños son muy grandes".

El gluten y la caseína son los responsables del aumento de péptidos, así que la dieta consiste en suprimirlos. El gluten está presente en el trigo, la cebada, la avena y el centeno, y la caseína en la leche y todos sus derivados. "Pero no se puede suprimir de golpe esta alimentación, porque si no, los niños sufrirían algo muy parecido al síndrome de abstinencia. No hay que olvidar que estos péptidos, gliadinomorfina y casomorfina, son estructuralmente muy parecidos a las endorfinas, así que lo que producen es una sensación de bienestar que el cuerpo quiere mantener". Como parece que la caseína tiene una influencia mayor, es lo primero que se quita, "y el gluten, seis u ocho semanas después".

¿Hasta qué punto una disminución de todo lo que lleve pan de trigo y de la leche y todos sus derivados puede generar carencias en la alimentación de los niños? David Mariscal asegura: "Se piensa que la leche es insustituible, pero no es verdad. Ahora se hacen leches de almendra y de soja que se pueden complementar, si es necesario, con calcio. Además, se pueden añadir a la dieta polivitamínicos, aunque yo he podido comprobar en mis pacientes que no tienen ningún problema de crecimiento. Y, en todo caso, las mejoras son tan grandes que siempre merecería la pena".
Aunque las razones de esta mayor presencia de péptidos no se conocen con exactitud, ésta podría deberse a una mayor permeabilidad de las paredes del estómago de estos niños o a un problema de los enzimas que tienen que degradar estas proteínas y que no lo hacen adecuadamente. "Sean las causas que sean, lo que está claro son sus efectos", dice Mariscal.

Englobados bajo una relación imposible con lo que les rodea, incluidos sus padres, hay una serie de rasgos bastante frecuentes aunque con distinta intensidad en los comportamientos de los niños autistas. Son hiperactivos, duermen mal, sufren diarreas crónicas, tienen enormes dificultades con el lenguaje, padecen obsesiones y, sobre todo, son incapaces de tener empatía social. "De una manera diferente en cada paciente, a los seis o siete meses del tratamiento hemos podido comprobar que algunos de estos síntomas mejoran", dice Mariscal. "Y conseguir que un niño que no dormía duerma seis horas supone un cambio muy importante, para él y para su familia. Algunos de los niños han cambiado espectacularmente, pero las mejoras ni son infinitas ni son exponenciales", advierte.

Adela Castañón, médico, es la madre de Javier, un niño autista que ha seguido la dieta. "Comencé con la dieta hace dos años, cuando mi hijo tenía siete. Ahora está más en el mundo. Entonces no tenía lenguaje, ni comunicación ninguna y ahora lee, escribe, ha aprendido a sumar y ya está empezando a restar. Dibuja una cosa y me pregunta que qué es, pero no como lo indios, lo dice claramente, bien pronunciado". "Pero", añade rápidamente, "no hay que pensar que la dieta es milagrosa y que cura a los niños sin más. Los primeros seis meses son muy difíciles y no todos los niños mejoran igual. Pero si tienes la suerte de que mejore, como el mío, las diferencias son muy grandes. Una vez que se pasa el tirón del principio, luego ves que vale la pena".

Castañón se ha convertido en "ferviente defensora de la dieta"; "aunque antes era escéptica. Me sonaba a ciencia-ficción, también porque cuando oí de ella por primera vez, mi hijo no masticaba y hubiera sido imposible hacerla. Me hice de la asociación de celiacos, que te mandan una guía con las marcas y los productos que no tienen gluten, y he comprobado que no es muy difícil seguir la dieta. Toma leche y yogures de soja".

Para Juan Martos, psicólogo, discípulo de Ángel Rivière y director del colegio Leo Kanner para niños autistas, "la mejoría que produce la dieta y que repercute en el estado general, bien porque estén más tranquilos, o duerman mejor o lo que sea, amplía inmediatamente sus posibilidades de aprendizaje. Se nota que son capaces de llegar más lejos, aunque nunca alcanzan un comportamiento social normal".
"Todos los niños autistas que hacen la dieta sienten, en mayor o menor medida, la mejoría. Y al mejorar la predisposición al aprendizaje, son capaces de centrar la atención, de aprender más cosas en menos tiempo". Pero, aclara Martos, "el 75% de los casos de autismo está unido a un retraso mental, y éste no se ve afectado por la dieta".

Exceso de opiáceos

Las primeras investigaciones sobre dieta y autismo las llevó a cabo en 1979 Jack Panksepp, profesor de Psicología de la Universidad Pittsburg, en EE UU. Experimentos posteriores demostraron, utilizando ratas de laboratorio, que un exceso de opiáceos provocaba cambios en el comportamiento de las ratas. Y, al revés, que la disminución de estos productos volvía a provocar comportamientos normalizados.

Lo que, sin embargo, no está todavía claro es por qué se produce el autismo. Un gen situado en el cromosoma 7, según algunos indicios, podría ser responsable de la enfermedad, aunque otros expertos piensan en causas exclusivamente psicológicas, y otros en trastornos metabólicos desde el momento de la gestación, o en una mezcla de algunas o todas ellas.
Paul Shattock, uno de los investigadores que más ha profundizado en la relación de opiáceos y autismo, ha analizado la orina de 1.200 niños autistas, y ha encontrado en ellos una alta concentración de estas sustancias. Shattock, incluso, sugiere como posible causa de la enfermedad un exceso de estos péptidos en el útero materno durante el embarazo.

El autismo fue descrito por primera vez en 1943, por el psiquiatra Leo Kanner. Encontró coincidencias en 11 niños a los que trataba, extrañas alteraciones que no se daban en ningún otro tipo de pacientes. Hasta ahora se consideraba que había un niño autista por cada 2.500 habitantes, "pero la cifra está siendo revisada", afirma Juan Martos. "En algunos países de nuestro entorno ya se habla de un caso por cada 250 habitantes, lo que se debe a una suma de factores, pero sobre todo a que cada vez se diagnostica mejor la enfermedad".
En cuanto al sexo de los enfermos, la relación suele ser de cuatro chicos por cada chica "aunque las chicas, cuando lo tienen, lo tienen muy marcado, muy profundo", añade.

Uno de los errores más habituales que se produce al referirse al autismo es pensar que es una enfermedad que afecta a todos por igual. "No se puede hablar, dice Martos, de blanco o negro; el autismo es un continuo, entre el niño más afectado y el menos, con muchísimos matices. Y cada uno con un comportamiento diferente, aunque todos tengan patrones comunes".

Una historia de vida (vale la pena leerla)

Enfermedades que se asocian con la enfermedad celíaca

Enfermedades que se asocian más frecuentemente con la enfermedad
celíaca.

Enfermedades inmunológicas
Diabetes mellitus
Tiroiditis
Enfermedad de Addison
Fibrosis intersticial crónica
Púrpura trombocitopénica
Nefropatía por IgA
Enteropatía inducida por leche de vaca
Pericarditis recurrente
Hepatitis crónica
Enfermedades reumáticas
Síndrome de Sjögren
Enfermedad inflamatoria intestinal
Anemia hemolítica autoinmune
Cirrosis biliar primaria
Vasculitis
Sarcoidosis
Colangitis esclerosante
Hipoesplenismo
Trastornos neurológicos y psiquiátricos
Encefalopatía progresiva
Síndromes cerebelosos
Demencia con atrofia cerebral
Autismo
Esquizofrenia
Depresión
Leucoencefalopatía
Epilepsia con calcificaciones occipitales (síndrome de Gobbi)
Neuropatía periférica
Ataxia mioclónica
Epilepsia parcial
Otras asociaciones
Fibrosis quística
Síndrome de Down
Cistinuria
Talla baja
Osteoporosis
Retraso puberal
Enfermedad de Hartnup
Afecciones neoplásicas
Hipoplasia esmalte dental
Anemia ferropénica
Osteomalacia
Infertilidad

ANMAT




LISTADO DE ALIMENTOS LIBRES DE GLUTEN
LEY 26.588

ACTUALIZADO AL 18 DE MARZO DE 2010


LINK

sábado, 22 de mayo de 2010

Celebramos el 5 de Mayo el Día del Celíaco

Nuestro principal objetivo es difundir la enfermedad y sus síntomas para poder llegar asi a un diagnóstico rápido y eficaz.

Por ello el domingo 9 de Mayo, fuimos a la Plaza Constitución a repartir folletos sobre la enfermedad celíaca y a compartir una de las clásicas comidas " los deliciosos chipá"

Aquí colgamos las fotos cuando nos reunimos en la casa de Lidia, el sábado 8 para realizar la masa de los chipá y organizar todo el evento....





























¡Qué ricos estaban los mates y los sandwiches que Hilda está probando hacer para celíacos, bravo chicas no nos privamos de nada ...


Aquí están las fotos del domingo en la Plaza


jueves, 29 de abril de 2010

La Ley Celíaca

Celíacos luchemos para que se cumpla la ley ....
.... defendamos nuestros derechos ....


SALUD PUBLICA
Ley 26.588
Declárese de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y
epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y
tratamiento de la enfermedad celíaca.
Sancionada: Diciembre 2 de 2009
Promulgada de Hecho: Diciembre 29 de 2009
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan
con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Declárase de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y
epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de
la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten.
ARTICULO 2º — La autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio de Salud de la
Nación.
ARTICULO 3º — La autoridad de aplicación debe determinar la cantidad de gluten de trigo, de
avena, de cebada o de centeno (TACC) que contengan por unidad de medida de los productos
alimenticios para ser clasificados libre de gluten.
En la medida que las técnicas de detección lo permitan la autoridad de aplicación fijará la
disminución paulatina de la toxicidad.
ARTICULO 4º — Los productos alimenticios que se comercialicen en el país, y que cumplan con lo
dispuesto por el artículo 3º de la presente ley, deben llevar impresos en sus envases o envoltorios,
de modo claramente visible, la leyenda "Libre de gluten" y el símbolo que establezca la autoridad
de aplicación.
ARTICULO 5º — El Ministerio de Salud debe llevar un registro de los productos alimenticios que
se comercialicen en el país y que cumplan con lo dispuesto por el artículo 3º de la presente ley,
que actualizará en forma bimestral y publicará una vez al año, por los medios que determine la
autoridad de aplicación.
ARTICULO 6º — La autoridad de aplicación debe promover el cumplimiento de las condiciones de
buenas prácticas de manufactura para la elaboración y el control de los productos alimenticios que
se comercialicen en el país y que cumplan con lo dispuesto por el artículo 3º de la presente ley,
coordinando acciones con los laboratorios de bromatología.
ARTICULO 7º — Los productores e importadores de productos alimenticios destinados a celíacos
deben acreditar para su comercialización en el país la condición de "Libre de gluten", conforme lo
dispuesto en el artículo 3º.
ARTICULO 8º — Los productores, importadores o cualquier otra persona física o jurídica que
comercialice productos alimenticios que cumplan con lo dispuesto por el artículo 3º, deben
difundirlo, publicitarlos o promocionarlos acompañando a la publicidad o difusión la leyenda "Libre
de gluten". Si la forma de difusión, publicidad o promoción lo permiten, la leyenda debe ser
informada visual y sonoramente.
ARTICULO 9º — Las obras sociales enmarcadas en las Leyes 23.660 y 23.661, la obra social del
Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la
Nación, las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las
universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médicos
asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean, deben brindar
cobertura asistencial a las personas con celiaquía, que comprende la detección, el diagnóstico, el
seguimiento y el tratamiento de la misma, incluyendo las harinas y premezclas libre de gluten,
cuya cobertura determinará la autoridad de
aplicación.
ARTICULO 10. — El Ministerio de Desarrollo Social debe promover acuerdos con las autoridades
jurisdiccionales, para la provisión de las harinas y premezclas libres de gluten a todas las personas
con celiaquía que no estén comprendidas en el artículo 9º de la presente ley, conforme lo
establezca la reglamentación.
ARTICULO 11. — El Ministerio de Salud, en coordinación con el Ministerio de Ciencia, Tecnología
e Innovación Productiva y las universidades integrantes del Sistema Universitario Nacional, debe
promover la investigación sobre la celiaquía, con el objeto de mejorar los métodos para la
detección temprana, el diagnóstico, y el tratamiento de la enfermedad. El Ministerio de Salud, en
coordinación con el Ministerio de Educación, debe desarrollar programas de difusión en los ámbitos
educativos, con el objeto de promover la concientización sobre la celiaquía y con los organismos
públicos nacionales competentes promover medidas de incentivo para el acceso a los alimentos
libres de gluten.
ARTICULO 12. — El Poder Ejecutivo debe adaptar las disposiciones del Código Alimentario
Argentino a lo establecido por la presente ley en el plazo de noventa (90) días de su publicación
oficial.
ARTICULO 13. — Serán consideradas infracciones a la presente ley las siguientes conductas:
a) La impresión de la leyenda "Libre de gluten" en envases o envoltorios de productos alimenticios
que no cumplan con lo previsto en el artículo 3º de la presente ley;
b) El incumplimiento de las buenas prácticas de manufacturas que se establezcan para la
elaboración y el control de los productos alimenticios que se comercialicen en el país y que
cumplan con lo dispuesto en el artículo 3º;
c) Cualquier forma de difusión, publicidad o promoción como "Libre de gluten", de productos
alimenticios que no cumplan con lo dispuesto en el artículo 3º;
d) La falta de prestación total o parcial de la cobertura asistencial prevista en el artículo 9º, por
parte de las entidades allí mencionadas;
e) El ocultamiento o la negación de la información que requiera la autoridad de aplicación en su
función de control;
f) Las acciones u omisiones a cualquiera de las obligaciones establecidas, cometidas en infracción
a la presente ley y sus reglamentaciones que no estén mencionadas en los incisos anteriores.
ARTICULO 14. — Las infracciones a la presente ley, serán sancionadas con:
a) Apercibimiento;
b) Publicación de la resolución que dispone la sanción en un medio de difusión masivo, conforme
lo determine la reglamentación;
c) Multa que debe ser actualizada por el Poder Ejecutivo nacional en forma anual conforme al
índice de precios oficial del Instituto Nacional de Estadística y Censos —INDEC—, desde pesos mil
($1.000) a pesos un millón ($1.000.000), susceptible de ser aumentada hasta el décuplo en caso
de reincidencia;
d) Suspensión del establecimiento por el término de hasta un (1) año;
e) Clausura del establecimiento de uno (1) a cinco (5) años; y
f) Suspensión de la publicidad hasta su adecuación con lo previsto en la presente ley.
Estas sanciones serán reguladas en forma gradual y acumulativa teniendo en cuenta las
circunstancias del caso, la naturaleza y gravedad de la infracción, los antecedentes del infractor y
el perjuicio causado, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas, civiles y penales, a
que hubiere lugar. El producido de las multas se destinará a las campañas de difusión y
capacitación establecidas en la presente ley.
ARTICULO 15. — La autoridad de aplicación de la presente ley debe establecer el procedimiento
administrativo a aplicar en su jurisdicción para la investigación de presuntas infracciones,
asegurando el derecho de defensa del presunto infractor y demás garantías constitucionales.
Queda facultada a promover la coordinación de esta función con los organismos públicos
nacionales intervinientes en el ámbito de sus áreas comprendidas por esta ley y con las
jurisdicciones que hayan adherido. Asimismo, puede delegar en las jurisdicciones que hayan
adherido la sustanciación de los procedimientos a que den lugar las infracciones previstas y
otorgarles su representación en la tramitación de los recursos judiciales que se interpongan contra
las sanciones que aplique. Agotada la vía administrativa procederá el recurso en sede judicial
directamente ante la Cámara Federal de Apelaciones con competencia en materia contenciosoadministrativa
con jurisdicción en el lugar del hecho. Los recursos que se interpongan contra la
aplicación de las sanciones previstas tendrán efecto devolutivo. Por razones fundadas, tendientes
a evitar un gravamen irreparable al interesado o en resguardo de terceros, el recurso podrá
concederse con efecto suspensivo.
ARTICULO 16. — Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la
presente ley.
ARTICULO 17. — Deróganse las Leyes 24.827 y 24.953.
ARTICULO 18. — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DOS
DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.588 —
JOSE J. B. PAMPURO. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

Celíacos Dos sentencias

Celíacos: dos fallos, dos puertas. Justicia ordena cubrir gastos. FALLO COMPLETO.

Ante la realidad de miles de personas que conviven diariamente con esta situación y a la negativa de las empresas de medicina privada a cubrir gastos y costear la patología tanto en su tratamiento como en la implicancia diaria de sus consecuencias (los alimentos libres de gluten), cobran relevancia dos pronunciamentos judiciales que - como "puertas" que se abren - se conocieron últimamente: en uno, una empresa de medicina prepaga deberá ofrecer a una menor celíaca (una niña de 9 años) el mismo porcentaje de descuento asignado a la compra de medicamentos en los productos alimenticios libres de gluten (se calcula el 40%). Asi lo ordenó la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal al hacer lugar a una acción de amparo, revocando un fallo de primera instancia que había rechazado el pedido. El argumento de la defensora radica en que no se podía negar el pleno ejercicio del derecho a la salud de la niña, en cuanto a que la normativa legal para la atención de los enfermos celíacos ya estaba vigente a partir de la sanción de la ley 26.588, aunque aún no fue reglamentada. Así, la Cámara entendió que "se debe tener en cuenta que el 2 de diciembre último el Congreso Nacional sancionó la ley 26.588, promulgada de hecho el 29 del mismo mes. El hecho de que la norma contemple su reglamentación y que ello no se haya concretado hasta la fecha no es obstáculo para su aplicación al caso (...)".

Recordemos que esta trascendental ley en su art. 1 (el "horizonte" de la norma) es clara al manifestar: "Declárase de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten".

Por otra parte, y en el otro caso conocido en la pcia. de Entre Ríos (“Marrama de Gamberini, Paola Leonor y otro c/Osde s/acción de amparo” Sala 1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia entrerriano), la prepaga no debe autorizar descuentos, sino abonar la totalidad de estos alimentos a una nena de 3 años. Al solicitar la cobertura de una dieta que le preparó una nutricionista, y ante el rechazo de la prepaga, se presentó un amparo, ante lo cual el Superior Tribunal de Justicia provincial ordenó "cubrir el 100% de las harinas y premezclas libres de gluten" y lo indicado por la nutricionista: "galletitas dulces, pastas de arroz, premezcla para panadería y repostería, polvos para preparar bizcochuelo, masa para tartas y empanadas, ñoquis, harina de arroz, almidón de maíz y fécula de mandioca".

¿La base legal? El categórico art. 9 de la Ley 26.588 (ya mencionada): "Las obras sociales enmarcadas en las Leyes 23.660 y 23.661, la obra social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean, deben brindar cobertura asistencial a las personas con celiaquía, que comprende la detección, el diagnóstico, el seguimiento y el tratamiento de la misma, incluyendo las harinas y premezclas libre de gluten, cuya cobertura determinará la autoridad de aplicación " y la Ley Provincial 9.938.

: dos fallos, dos puertas. Justicia ordena cubrir gastos. FALLO COMPLETO.

sábado, 6 de febrero de 2010

Cerezas y sus propiedades


Propiedades

Las cerezas constituyen un gran desinfectante, un poderoso depurativo, son energéticas, laxantes y regeneradoras de los tejidos orgánicos.

Las cerezas, por consiguiente, deben tomarse en los casos de obesidad, arteriosclerosis, artritismo, reumatismo, estreñimiento y trastornos gástricos.

Su gran proporción de azúcar la hace fácilmente asimilable y es aconsejable para los niños y ancianos, pudiendo ser tomada, siempre con permiso del médico, por los diabéticos.
Es particularmente recomendable una tisana de rabos de cerezas contra la ictericia y la diabetes.


Más información

Wheatgrass o pasto de trigo


Beneficios
La enumeración de las cualidades del pasto es impresionante: su alta concentración de clorofila lo hace portador de las vitaminas B-12, B-6, K&C y beta-caroteno. Un kilo de este pasto equivale a 50 de verduras frescas. Dicen que cualquiera que se anime a 50 gramos de jugo sentirá cómo de inmediato crece en su cuerpo una fuerza nueva, una vitalidad perdida. Además, contiene 92 de los 102 minerales de la tierra y todas las vitaminas que los científicos lograron separar. Ayuda al control de peso, ya que paraliza el ansia de los comedores compulsivos. Como si fuera poco, es apto para celíacos, tiene más proteínas que el pollo, ayuda a detener el crecimiento de bacterias dañinas, su consumo elimina los olores del cuerpo y coopera en la reconstrucción del flujo sanguíneo y de su oxigenación. De esta forma el cuerpo combate mejor la contaminación, elimina toxinas e incrementa la resistencia atlética. Casi rejuvenecimiento.

Estudios en animales dicen que luego de cinco días de consumo los glóbulos rojos regresan a la normalidad y no se conocen reacciones tóxicas. En fin, que nutre y limpia el organismo, y que además es barato y cualquiera puede germinarlo en su casa. Sus bondades ayudan a tratar diferentes enfermedades como la anemia, la diabetes o la fatiga crónica. Incluso se receta a enfermos de cáncer. Su alto contenido en Beta Caroteno contribuye, según estudios de la universidad de Texas, a una reducción de un 40% en algunos tipos de cáncer. Se recomienda tomarlo en ayunas o antes de las comidas, un vaso pequeño por día.

Más información en
www.alimentacionywheatgrass.blogspot.com

domingo, 10 de enero de 2010

Epilepsia, calcificaciones cerebrales y enfermedad celíaca


Se destaca la importancia de investigar la EC en todo paciente con epilepsia y calcificaciones cerebrales occipitales, aun en ausencia de síntomas digestivos, dado que el diagnóstico y el tratamiento precoces con exclusión del gluten inciden en la evolución posterior del síndrome.



La migraña puede estar relacionada con el riesgo de enfermedad celíaca en niños




Investigadores turcos han mostrado en la revista Cephalalgia evidencias de que en pacientes pediátricos con migraña de la existencia de un incremento del riesgo de enfermedad celíaca. La mayoría de los pacientes con enfermedad celiaca son asintomáticos o presentan manifestaciones extraintestinales.
Los investigadores han estudiado a 73 pacientes con edades comprendidas entre 6 a 17 años que sufrían de migraña y a 147 controles. Cuatro de los pacientes con migraña (5,5%) y uno de los controles (0,6%) dieron positivo para anticuerpos IgA de transglutaminasa tisular (tTGA), considerados indicadores de enfermedad celiaca.
Tres de estos pacientes con migraña fueron sometidos a una biopsia duodenal y en todos los casos se obtuvo una histología normal. Debido a esto, los investigadores los clasificaron como 'posibilidad potencial de sufrir la enfermedad celiaca'.

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La celiaquía puede ocasionar infertilidad


En la celiquía clásica, diagnosticada en la infancia entre el primer y tercer año de vida y en el adulto entre la tercera y cuarta década, predominan los trastornos gastrointestinales, mala absorción y diarrea, pérdida de peso, hipocalcemia, carencia de hierro y deficiencias vitamínicas, especialmente ácido fólico, vitamina B12 y D. Sin embargo, existen otras formas más sutiles que se observan en etapas posteriores a la infancia y que ocasionan infertilidad, abortos repetidos y nacimientos de niños de bajo peso, entre otras consecuencias. "En nuestra experiencia, muchas mujeres llegan a la consulta sin haber sido diagnosticadas como celíacas y al realizar los estudios necesarios para establecer las causas de infertilidad nos encontramos en muchas ocasiones con este problema", afirmó Neuspiller.

Un 4% de los escolares sufre intolerancia o alergia a algún alimento



Los comedores escolares españoles acogerán en este año a 1,5 millones de niños, de los cuales el 4% sufre intolerancia o alergia a algún alimento.
Durante el curso 2009/2010 el 20% de los matriculados acudirán a alguno de los casi 12.000 comedores que existen en el país, de los cuáles el 61,5 por ciento corresponden a centros de enseñanza pública, según un estudio de la Federación Española de Asociaciones Dedicadas a la Restauración Social (FEADRS) divulgado por el salón de Equipamiento para Hostelería (HOREQ) de Ifema.
La asociación hostelera considera que la mejor manera de garantizar la seguridad alimentaria es la "línea fría" (alimentos cocinados que requieren un sencillo proceso de calentamiento) debido a que "evita la contaminación cruzada".
Esta modalidad, junto con un sistema de seguimiento denominado APPCC (Análisis de Peligros, Puntos de Control y Críticos), es fundamental para la preparación de alimentos para niños alérgicos, celíacos o que padecen alguna intolerancia, destaca la FEADRS.

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